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Decreto 26-09 de 2004 que crea el Consejo Nacional de Investigación en Salud Decreto: ArtÃculo 1º.- Créase el Consejo Nacional de Investigación en Salud, en adelante CONIS, cuyo objetivo será asesorar en forma permanente al Ministro de Salud respecto a temas prioritarios que sean orientadores en materia de investigación cientÃfica y desarrollo tecnológico en salud. ArtÃculo 2º.- El Consejo será presidido por el Ministro de Salud y en caso de ausencia o impedimento de éste, por su vicepresidente. Dr. Rodolfo Armas Merino. ArtÃculo 3º.- El Consejo cumplirá la función de instancia de coordinación de las entidades que desarrollan actividades de investigación en salud para cuyo objeto asesorará al Ministro en las siguientes áreas. a. La orientación de las lÃneas de financiamiento de los concursos públicos asà como el funcionamiento coordinado del Ministerio de Salud con el Fondo Nacional de Investigación y Desarrollo en Salud, FONIS. b. Los temas relacionados con investigación en seres humanos, como ensayos clÃnicos y otros de responsabilidad del Ministerio de Salud. c. Los temas relacionados con la bioética de la investigación en seres humanos de responsabilidad del Ministerio de Salud. d. Los convenios de cooperación nacional e internacional en materia de investigación en salud. e. Los temas relacionados con la formación de recursos humanos para la investigación cientÃfica en salud requeridos en el paÃs. |
Estrategia nacional de salud para el cumplimiento de los objetivos sanitarios de la década 2011-2020 Metas 2011-2020, Elige vivir sano. Objetivo 7 incluye fortalecer la investigación en salud |
Los Objetivos Sanitarios para la Década 2000 - 2010 Ministerio de Salud, Gobierno de Chile - (pdf, 4907.74 Kb) |
 
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